Descripción
Justificación académica
- La Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, encomiendan al Ministerio del Interior la concreción, entre otros, de determinados aspectos relacionados con el personal de seguridad privada en materia de formación, habilitación, documentación, uniformidad, medios de defensa y ejercicio de sus funciones.
En función de ello, la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, publicada el 18 de febrero de 2001 -entre otras cuestiones referidas a aspectos diversos de seguridad privada-, establece las nuevas condiciones que deben reunir los cursos que habilitan legalmente para el ejercicio de Director de Seguridad.
En el artículo 6 de la mencionada Orden se recoge que los cursos de dirección de seguridad estarán programados e impartidos por Centros Universitarios, públicos o privados, reconocidos oficialmente y, deberán contener, al menos, las materias establecidas en el anexo III de la misma, debiendo alcanzar éstas un mínimo de cuatrocientas horas, pudiendo complementarse con otras relacionadas con las funciones y habilidades directivas y la seguridad en general.
Además, se especifica que el orden, contenido, modalidad, forma y amplitud horaria de cada una de las materias que integren estos cursos, será determinado por los centros oficiales, en el programa que se presente a efectos de autorización, en su caso.
La Universidad Miguel Hernández ha venido ofreciendo, en los últimos años, la habilitación para obtener la posibilidad del ejercicio profesional de Director de Seguridad, a través de un curso homologado a estos efectos por el Ministerio del Interior, el cual ha mantenido siempre un elevado número de solicitudes por parte de potenciales alumnos interesados.
Para seguir ofreciendo esta posibilidad formativa y, en aplicación de la Orden INT/318/2011, se hace necesario que el contenido didáctico y horas lectivas del curso deban estar claramente diferenciados de otros títulos, adaptarla a los nuevos contenidos que se establecen y, expedirse, en todo caso, un título específico con el nombre del curso reconocido en la autorización prevista en ella.
Además, ha de tenerse en cuenta la exigencia, plasmada en la disposición transitoria tercera, de que los centros que tengan reconocidas titulaciones para la habilitación de Director de Seguridad, deban adaptar los cursos, a las exigencias de dicho artículo, en la convocatoria inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la Orden. Todo ello justifica y motiva, más que suficientemente, la necesidad de creación de este título propio de Experto en Gestión y Dirección de Seguridad.
Responsable
- Se plantea que el alumno pueda obtener, a través de él, la habilitación prevista por la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, como paso previo a poder optar a la homologación necesaria para el ejercicio profesional de Director de Seguridad.
Para ello, el alumno ha de obtener suficiencia en los nuevos contenidos establecidos en el anexo III de la mencionada Orden. Contenidos relacionados con la Seguridad, complementados con otros relacionados con las funciones y habilidades directivas y la seguridad en general, y de forma que les permita llevar a cabo adecuadamente ese ejercicio profesional.
Todo ello, desde la óptica general de ofrecer una formación en aspectos de la seguridad privada, que facilite a los alumnos formación y capacidades en las materias citadas y, especialmente, en las nuevas perspectivas exigidas por aspectos recientemente incluidos y hasta ahora novedosos desde el punto de vista de esa obligatoriedad en determinados aspectos formativos.
Plan de Estudios
Estructura de los estudios
El curso consta de 600 horas, que se estructuran de la siguiente forma:
- Normativa de Seguridad: 30 horas
- Departamentos de Seguridad:30 horas
- Seguridad Operativa: 30 horas
- Seguridad Física: 60 horas
- Protección Civil: 30 horas
- Seguridad Lógica: 30 horas
- Protección de Datos: 30 horas
- Gestión y Dirección de la Seguridad: 30 horas
- Deontología Profesional: 30 horas
- Planes de Seguridad: 30 horas
- Prevención de riesgos laborales: 30 horas
- Fenomenología delincuencial/Criminología II: 60 horas
- Derecho Penal (Parte General): 60 horas
- Derecho Penal (Parte Especial): 60 horas
- Psicología básica: 30 horas
- Derecho Fundamentales: 30 horas
Uso de instalaciones y programación temporal
El curso se desarrolla a través de la plataforma online del Centro Crímina: http://campusvirtual.crimina.es/
Procedimiento de Evaluación
Se evaluarán los conocimientos teóricos adquiridos en cada una de las asignaturas a través de pruebas tipo test cuya presentación tendrá lugar por medio de la plataforma de docencia virtual a través de la que se imparten las sesiones docentes, alojada en www.crimina.es
Profesorado
Nombre | Coordinador |
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MIRÓ LLINARES, FERNANDO | ■ |
BERNABEU AYELA, FRANCISCO JOSE | |
BERNABÉU AYELA, JOSÉ RAMÓN | |
BIA PLATAS, ALEJANDRO | |
BONETE LOPEZ, BEATRIZ | |
CALABUIG PUIG, MARIA AMPARO | |
CORRALES PONCE DE LEON, JOSE ANTONIO | |
DE DOMINGO PEREZ, TOMAS | |
FERNANDEZ CASTEJON, ELENA BEATRIZ | |
GARCÍA MONTERO, ANTONIO | |
SUBIELA LIDÓN, JOSÉ ANTONIO | |
TIERNO REY, JORGE | |
TRIGUEROS MARTINEZ, CARLOS JAVIER | |
TUR AUSINA, ROSARIO | |
Requisitos de acceso
Para poder acceder al titulo, será necesario poseer el acceso a la universidad o equivalente. Además, y tal como se dispone en el Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, se podrá acceder estando en posesión del título de bachillerato unificado polivalente, bachiller, formación profesional de segundo grado, técnico de las profesiones o cualificaciones que se determinen por el Ministerio del Interior, u otros equivalentes o superiores.