Acceso
El RD 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el RD 1393/2007, de 29 de octubre, en su artículo 16 establece:
Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.
Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
Admisión
Para la admisión de estudiantes se valorará:
- Adecuación de la titulación a las áreas de conocimiento del Máster
- Expediente académico personal
- Curriculum vitae
- Actividades de carácter científico-profesional que se adecuen al plan de estudios propuesto en el Máster.
- Preferencia por un itinerario u otro dentro del Máster.
Para el proceso de admisión se realizará, en primer lugar, una preinscripción en el Máster, tanto en junio como en septiembre. La admisión y potencial selección se realizará atendiendo a los anteriores aspectos, por parte de la Comisión de Admisión de estudiantes.
A la hora de la matriculación del/de la estudiante, éste/a procederá a establecer un orden de preferencia entre los itinerarios, de forma que se produzca una distribución adecuada de la matrícula entre los itinerarios, que debe oscilar dentro del rango 35-65%, aspecto que será resuelto por la Comisión de Admisión de estudiantes.